Si generas imágenes o textos con IA y quieres saber si son tuyos, si puedes protegerlos o si otro puede copiarlos, esta guía te da el mapa. La regla que se repite en Estados Unidos y en la ley española es la misma: el autor tiene que ser una persona. Lo que sale solo de una instrucción a la máquina difícilmente está protegido; lo que tú aportas, seleccionas o modificas, sí puede estarlo. Es una guía divulgativa, no asesoramiento jurídico: para un caso concreto, consulta con un abogado especializado en propiedad intelectual.

Stephen Thaler creó un sistema de IA al que llamó Creativity Machine. El sistema generó una imagen, A Recent Entrance to Paradise, y Thaler pidió registrarla en la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos con la máquina como única autora y él como propietario. La Oficina lo denegó, un juzgado federal le dio la razón y el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó la negativa el 18 de marzo de 2025.

El caso ya es firme: según el registro del Tribunal Supremo de Estados Unidos, el alto tribunal rechazó estudiar el recurso el 2 de marzo de 2026.

No. Ni en Estados Unidos ni en España. La sentencia de apelación del caso Thaler contra Perlmutter concluye que la ley de derechos de autor de 1976 exige que toda obra protegible tenga, «en primera instancia», un autor humano, y que la Creativity Machine no puede serlo.