Por qué es importante. Hasta ahora, muchos tribunales trataban este tipo de fraudes como un “delito leve”, pues no superaba la cantidad de 400 euros y, según la ley española, se castiga únicamente con una multa. Sin embargo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha cerrado esa puerta, pues en la sentencia 565/2026, de 25 de septiembre, sostuvo que el uso fraudulento de tarjetas es un delito independiente con sus propias penas, y que el umbral de los 400 euros simplemente no se le aplica.

El caso. Según los hechos publicados, una noche de diciembre de 2024 en Girona, a una mujer le robaron el bolso en un local de ocio nocturno. Unos 15 minutos después, un hombre pagó tres consumiciones de 10,50 euros cada una con su tarjeta en el bar de al lado, acercándola al datáfono, según se puede leer en la sentencia. Tras ello, la dueña de la tarjeta la bloqueó, habiéndose rechazado un nuevo intento de pago de 120 euros.

La Policía Municipal lo detuvo en el acto y fue condenado por los pagos con la tarjeta, pero fue absuelto del robo del bolso, al no haberse acreditado cómo llegó la tarjeta a su poder.