Desde este 17 de octubre, las empresas obligadas por la nueva ley de atención a la clientela solo pueden hacerte llamadas comerciales desde números que empiecen por 400. Lo establece una resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones publicada en el BOE el 16 de abril, que daba seis meses para que el nuevo rango estuviera operativo. Si te llama un 400, sabes que es publicidad; y tu operadora puede ofrecerte la desconexión de todas.

Es una buena noticia con letra pequeña. No afecta a todas las empresas, no frena las llamadas que llegan del extranjero y no impide que alguien se haga pasar por otro número.

Las llamadas comerciales pasan a tener su propio rango de numeración: el 400, con números de nueve cifras. La resolución, firmada por el secretario de Estado Antonio Hernando, fija tres reglas que importan al usuario:

La base legal es la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela, en vigor desde el 28 de diciembre, que obliga a separar el número comercial del de atención al cliente. La atención telefónica puede seguir usando 800, 900, números fijos o números cortos, pero ya no móviles. La CNMC es la encargada de supervisarlo.